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PREPARACIÓN ACADÉMICA PARA FUTUROS DOCENTES
Blogg especializado en la preparación académica docente para opositores al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.
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lunes, 18 de mayo de 2015
Tratado de Tordesillas
“Las cosas suplicadas y que Vuestras Altezas dan y otorgan a D. Cristóbal Colón en alguna satisfacción de lo que ha de descubrir en las mares Oceánicas, del viaje que ahora, con la ayuda de Dios, ha de hacer por ellas en servicio de Vuestras Altezas, son las que siguen:
Primeramente, que Vuestras Altezas, como señores que son de las dichas mares Océanas, hacen desde ahora al dicho D. Cristóbal Colón su Almirante en todas aquellas islas y tierras firmes que por su mano o industria se descubrieren o ganaren en las dichas mares Océanas, para durante su vida, y, después dél muerto [de muerto él], a sus herederos o sucesores, de uno en otro perpetuamente, con todas aquellas preeminencias y prerrogativas pertenecientes al tal oficio, según que D. Alonso Enríquez, vuestro Almirante mayor de Castilla, y los otros predecesores en el dicho oficio, lo tenían en sus distritos(3). Place a Sus Altezas. Juan de Coloma.
Otrosí, que Vuestras Altezas hacen al dicho D. Cristobal Colón su visorrey [virrey] y gobernador general(4) en las dichas islas y tierras firmes, que, como es dicho, él descubriere o ganare en las dichas mares, y que para el regimiento de cada una y cualquiera de ellas haga elección de tres personas para cada oficio, y que Vuestras Altezas tomen y escojan uno, el que más fuere su servicio, y así serán mejor regidas las tierras que nuestro Señor le dejare hallar y ganar a servicio de Vuestras Altezas. Place a Sus Altezas. Juan de Coloma.
Item, que todas y cualesquiera mercaderías, siquier sean perlas preciosas, oro o plata, especiería y otras cualesquier cosas y mercaderías de cualquier especie, nombre y manera que sean que se compraren, trocaren, hallaren, ganaren y hubieren dentro de los límites del dicho almirantazgo, que desde ahora Vuestras Altezas hacen merced al dicho D. Cristóbal, y quieren que haya [tenga] y lleve para sí la décima parte de todo ello, quitadas las costas que se hicieren en ello; por manera que de lo que quedare limpio y libre haya y tome la décima parte para sí mismo y haga de ello su voluntad, quedando las otras nueve partes para Vuestras Altezas. Place a Sus Altezas. Juan de Coloma.
Otrosí, que si a causa de las mercaderías que él traerá de las dichas islas y tierras, que así, como dicho es, se ganaren y descubrieren, o de las que en trueque de aquellas se tomaren acá de otros mercaderes, naciere pleito alguno en el lugar donde el dicho comercio y trato se tendrá y hará, que si por la preeminencia de su oficio de Almirante le pertenece conocer de tal pleito, plega a Vuestras Altezas que él o su teniente, y no otro juez, conozca del pleito y así lo provean desde ahora. Place a Sus Altezas si pertenece a dicho oficio de Almirante, según lo tenían el dicho Almirante D. Alonso Enríquez, y los otros sus antecesores en sus distritos y siendo justo. Juan de Coloma.
Item, que en todos los navíos que se armaren para el dicho trato y negociación, cada y cuando y cuantas veces se armaren, que pueda el dicho D. Cristobal, si quisiere, contribuir y gastar la ochava [octava] parte de todo lo que se gastare en el armazón, y que también haya [tenga] y lleve provecho de la ochava parte de lo que resultare de la tal armada. Place a sus Altezas. Juan de Coloma.
Son otorgados y despachados, con las respuestas de Vuestras Altezas en fin de cada un capítulo, en la villa de Santa Fe de la Vega de Granada, a 17 de abril del año del nacimiento de Nuestro Salvador Jesucristo de 1492 años. Yo el Rey. Yo la Reina. Por mandato del Rey y de la Reina, Juan de Coloma. Registrada, Calcena.”
sábado, 11 de abril de 2015
Historia España. Edad Media. Textos Siglo XIV.
Aquí os dejo unos textos sobre la situación socio-política del siglo XIV en España.
CRISIS Y TRANSFORMACIONES DE LAS
SOCIEDADES FEUDALES HISPANICAS. S. XIV TENSIONES
SOCIALES
TEXTO 1:
La nobleza castellana, desde finales del siglo XIII,
dio muestras de una gran inquietud, expresada en formas diversas, entre las
cuales sus frecuentes conflictos con la propia autoridad monárquica. En la
primera mitad del siglo XIV, particularmente durante la minoridad de Alfonso
XI, la situación se agravó. Las actitudes de personajes como don Juan Manuel y
don Juan Núñez de Lara constituyen espléndidos exponentes de la agresividad de
los poderosos. En el fondo, esas actuaciones expresaban la vigorosa reacción de
una clase social que encontraba serias dificultades para conservar su posición
social preeminente. El descenso de las rentas señoriales, debido a la crisis, dañaba
gravemente a los privilegiados. De ahí el interés de los poderosos por dominar
el aparato estatal, con lo cual podrían fortalecer su participación en la renta
feudal y, en definitiva, reproducir el sistema de relaciones sociales
existentes, en el que ellos detentaban una posición hegemónica. . - VALDEON,
J., OP. Cit. pág. 125
TEXTO 2:
Abundan en las Crónicas los relatos sobre sucesos y
acontecimientos de orden personal y biográfico, detallada y pormenorizadamente descritos. De
ahí que hoy podamos conocer los nombres propios de los nobles malhechores, su origen,
su situación social y política, pormenores sobre su vida y sobre sus"
malfetrías ". ( .. . )
Los personajes nobles calificados con más frecuencia
como malhechores son titulares de los más grandes y altos linajes de Castilla.
Por encima de los demás sobresales como malhechores los Laras, los Haro, los
Cameros y los Manueles.
Recordemos sus nombres propios: Juan Núñez de Lara 1,
II y 111: la narración de las malfetrías del último de los Lara ocupa varias
páginas de las Crónicas; Lope Díaz de Haro 1I1 . . . : Juan el Tuerto, hijo de
un Infante de Castilla, titular del Señorío de Vizcaya y de la casa de Haro,
llamado" lobo carnicero" en el Poema de Alfonso XI; . . , y, acaso
sobre todos, don Juan Manuel, impropiamente llamado infante puesto que sólo era
hijo de infante, y cuyas" malfetrías " se han aireado bastante menos
que sus títulos y méritos literarios.
MORETA, S., Malhechores, feudal... Madrid, 1.978, pp.
85 y 88
TEXTO 3: CORTES DE
VALLADOLID DE 1.322
" . . , Otrosí porque los malfechores, después de
la muerte del rey don Fernando, que Dios perdone, tomaron grant suelta en
robar, e en forciar, e en tener los caminos, e en matar los omnes, e quemar las
aldeas, e en facer otros muchos males e desaguisados que non podemos contar,
contra el rey e contra su tierra e contra los que en ella moran, porque non ven
quien gelo escarmiente. . . "
TEXTO 4: CORTES
DE VALLADOLID DE 1.325, CANON 14
" Otrossi
ala que me pedieron por mercéd que en ffecho de las debdas que los christianos
deuen a los judíos, porque los christianos an rrecibido e rreciben muchos
engannos del los, por quegelo dan mucho más caro de tres por quatro al anno, según
que se contiene en los ordenamientos delos rreyes ande yo vengo, e lo otrro por
quejas christianos son muy pobres e muy astragados por muchos rrobos e males
que an rrecibido, e otrossi por quelos annos que sson passados muy ffuertes, e
que si agora ouiesen de pagar las debdas que deben a los judíos, que se
hermaria mucha dela mi tierra, que sea la mi merced deles quitar el tercio, e
por las dos partes que ffincan, que gelo paguen fasta dis e ocho messes por los
tercios deste tienpo, e en este tiempo que non ganen estos dos tercios logro-:
. .
miércoles, 9 de octubre de 2013
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